Bolivia enfrenta un desafío que no es ideológico, sino civilizatorio: decidir si el Estado de Derecho prevalece o si la coerción se consolida como método de imposición política. El bloqueo vulnera derechos fundamentales —la libre locomoción, el acceso a alimentos y servicios básicos, la continuidad del aparato productivo y la imagen internacional del país— y cuando paraliza regiones enteras, afecta al agronegocio, interrumpe el transporte o pone en riesgo la seguridad energética, deja de ser una reivindicación social para convertirse en violencia colectiva y terrorismo social.
Desde el punto de vista jurídico, no existe vacío normativo. El Código Penal boliviano, en su Título V referido a los Delitos contra la seguridad común, establece sanciones claras: el Artículo 213 penaliza la interrupción del transporte público; el Artículo 211, el uso de explosivos con peligro común para la vida y los bienes; y el Artículo 214, los atentados contra servicios esenciales como el agua, la energía eléctrica y los hidrocarburos. A ello se suma el Decreto Supremo 2888, que refuerza la persecución penal de estas conductas.
La discusión sobre una denominada “ley antibloqueos”, actualmente analizada en la Asamblea Legislativa, debe entenderse no como una restricción de derechos, sino como una exigencia de aplicación efectiva de la ley vigente. El problema de fondo no es la ausencia de normas, sino la persistente tolerancia institucional frente a su incumplimiento.
Resulta inadmisible —y jurídicamente reprochable— que sectores corporativos rechacen cualquier intento de ordenar el ejercicio de la protesta y amenacen con nuevas medidas de presión acompañadas de advertencias de violencia. Más grave aún es que existan parlamentarios dispuestos a someter la ley a cabildos, desnaturalizando el principio de legalidad. En democracia, la ley no se negocia, no se suspende por miedo ni se subordina a la presión: se respeta y se aplica. Ningún país puede avanzar cuando minorías paralizan su funcionamiento y condicionan la gobernabilidad.
El mensaje debe ser implacable e inequívoco: el derecho a protestar termina donde comienza el derecho de los demás. El bloqueo no es una forma legítima de participación democrática, sino un delito porque vulnera derechos, destruye producción y pone en riesgo al país.
El Estado no puede arrodillarse ante la presión. Debe hacer cumplir la ley.
Bloqueos, terrorismo social y desafío del Estado de Derecho